Publicado 19 junio 2025. Fuente: Ministerio de Sanidad
El Ministerio de Sanidad ha publicado esta tarde un documento resumen del borrador del Estatuto Marco que actualizará la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud.
El Estatuto Marco establece las normas básicas de las condiciones de trabajo del personal estatutario. Por su parte, son las comunidades autónamas las que gestionan los servicios sanitarios y desarrollan la normativa básica en materia de retribuciones (por ejemplo estableciendo las cuantías de los complementos o el precio de la guardia) y condiciones laborales.
Inestabilidad laboral
El borrador hecho público destaca como novedades que se "termina con la inestabilidad y la temporalidad". Indica que las Ofertas Públicas de Empleo, las OPES, serán por ley cada 2 años y se resolverán en 2 años. Se promueve, además, la movilidad del personal fijo para cambiar de centro mediante concursos de traslados abiertos y permanentes con periodicidad anual. Se incide en que todo el personal estatutario pasa a ser autoridad pública frente a las agresiones laborales, con todas las atribuciones que ello conlleva o se especifica la jubilación activa.
Cambios en la jornada de trabajo
En materia de jornada de trabajo y descansos, se destacan puntos como que la jornada ordinaria y jornada de guardia; se regula de forma específica la jornada de guardia del personal médico para realizar la actividad urgente o de atención continuada y se limita esa jornada de guardia a 17 horas y la suma de jornada ordinaria y de guardia de forma sucesiva no podrá exceder tampoco las 17 horas.
El límite máximo de la jornada semanal para el personal que realice guardias se reduce de las 48 h de la normativa europea a 45 horas y se establece la exención de turnos de noche para el personal que trabaje a turnos y tenga más de 55 años.