Ourense, 15 mayo de 2026. El Colegio de Enfermería de Ourense lamenta las recientes manifestaciones de diferentes colectivos médicos desacreditando la labor de las enfermeras dentro de sus competencias. En este sentido, desde el COE Ourense lamentamos la desafortunada y más reciente publicación realizada desde el Colegio de Médicos de Pontevedra y manifestamos nuestro apoyo al Colegio de Enfermería de Pontevedra que pone en valor, al igual que el resto de los colegios profesionales de enfermería, las competencias enfermeras reconocidas por ley.
"La enfermería no opina, hace su trabajo. La enfermería nunca hará diagnóstico médico. La enfermera tiene sus propios diagnósticos enfermeros", indican desde el Colegio de Enfermería de Pontevedra.
El colectivo enfermero viene siendo objeto de una minusvaloración sistemática y reiterada por parte de determinados representantes del estamento médico, lo que genera un clima de descrédito profesional que resulta perjudicial tanto para los/as profesionales como para los/as pacientes. La Junta de Gobierno del Colegio de Enfermería de Ourense recuerda que una enfermera tiene formación de grado universitario, formación EIR especializada, posgrados, másteres, doctorados y competencias legales reconocidas para diagnosticar, tratar, educar y cuidar. Por tanto, comparar la labor de las enfermeras con bulos en redes sociales es una falta de respeto hacia las más de 355.000 enfermeras de España.
Qué es Pregunta a tu Enfermera
Con motivo del Día Internacional de las Enfermeras, el pasado martes 12 de mayo, la Organización Colegial de Enfermería -Consejo General y Colegios provinciales- lanzó una campaña de publicidad e información a la población bajo el lema “Pregunta a tu enfermera”, una campaña presente en espacios públicos del centro de las ciudades y el entorno de los principales hospitales de este país mediante publicidad exterior en marquesinas, vallas o mobiliario urbano.
El objeto de esta iniciativa es posicionar a un grupo de profesionales sanitarios, las 355.000 enfermeras y enfermeros, como lo que son: un referente de salud y una fuente de información sanitaria fiable frente a las búsquedas en internet o los consejos de allegados sin formación sanitaria en temas como diabetes, heridas, cuidado de la población pediátrica o automedicación. Todos ellos temas de educación para la salud que se incluyen dentro de las competencias de enfermeras y enfermeros.
La campaña nació hace tres años y no ha generado hasta el momento malestar alguno, incluso numerosos ayuntamientos y alguna consejería de Sanidad han cedido espacios de titularidad pública para exhibirla entendiendo que son mensajes alineados con su concepción de la sanidad y positivos para la sociedad.
Al parecer, en esta ocasión, distintos colectivos médicos en varias Comunidades Autónomas han mostrado -públicamente o con quejas a las Administraciones sanitarias- su descontento y desaprobación de una campaña que vinculan con el intrusismo profesional.

LOPS, Ley del Medicamento y guías de prescripción
Según el artículo 7.a de la Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias (LOPS): “Corresponde a los Diplomados universitarios en Enfermería (NOTA aclaratoria del CGE: Ahora las enfermeras son graduadas universitarias) la dirección, evaluación y prestación de los cuidados de Enfermería orientados a la promoción, mantenimiento y recuperación de la salud, así como a la prevención de enfermedades y discapacidades”.
En relación con las viñetas que conforman la campaña, dentro de la recuperación de la salud y la continuidad de solución de la piel se incluyen, por ejemplo, los puntos de sutura. No hay que olvidar que las competencias sobre realización de curas y cirugía menor que fueron históricamente asignadas a las enfermeras, especialmente a lo largo del siglo XX.
Por otra parte, la Directiva europea de cualificaciones (55/2013), directiva traspuesta a través del RD 581/2017 incluye la “competencia para diagnosticar de forma independiente los cuidados de enfermería necesarios utilizando para ello los conocimientos teóricos y clínicos, y para programar, organizar y administrar cuidados de enfermería al tratar a los pacientes”. La sutura estaría dentro de la administración de cuidados.
En cuanto a los mensajes de la campaña que afectan al consumo de medicamentos, en este caso un fármaco popular como el ibuprofeno, la Ley 28/2009, de garantías y uso racional de medicamentos y productos sanitarios asegura que:
1.77. Sin perjuicio de lo anterior, los enfermeros, de forma autónoma, podrán indicar, usar y autorizar la dispensación de todos aquellos medicamentos no sujetos a prescripción médica y los productos sanitarios, mediante la correspondiente orden de dispensación.
El Gobierno regulará la indicación, uso y autorización de dispensación de determinados medicamentos sujetos a prescripción médica por los enfermeros, en el marco de los principios de la atención integral de salud y para la continuidad asistencial, mediante la aplicación de protocolos y guías de práctica clínica y asistencial, de elaboración conjunta, acordados con las organizaciones colegiales de médicos y enfermeros y validados por la Agencia de Calidad del Sistema Nacional de Salud”.
Las guías que regulan la prescripción de determinados medicamentos y productos sanitarios, dice el RD 1302/2018 en su artículo 3.3, “contemplarán las actuaciones que, en el ámbito de sus respectivas competencias, el personal médico y enfermero realizarán colaborativamente en el seguimiento del proceso, al objeto de garantizar la seguridad del paciente y la continuidad asistencial”.
Concretamente una de ellas, la aprobada en octubre de 2023, regula la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos sujetos a prescripción médica por parte de las/los enfermeras/os en casos de fiebre, lo que incluye el uso del mencionado fármaco de uso común al que se hace alusión en las viñetas, así como la consideración de este medicamento en las dosis que de forma autónoma puede indicar la enfermera. De hecho, algunas formulaciones son de libre dispensación en la farmacia, sin necesidad de ningún tipo de receta.
Otras guías aprobadas regulan la indicación de medicamentos para diabetes, por ejemplo. Además la educación diabetológica es competencia de la enfermera.
Negar la posibilidad, como pretenden, de que un paciente consulte un problema de salud en determinadas áreas con un profesional sanitario cualificado es una actitud que atenta contra la legislación vigente, la salud pública y el sentido común.
Competencias y funciones de las enfermeras
Entre las competencias y funciones de las enfermeras se encuentran, por ejemplo:
- Educar a la persona y/o al cuidador/a en estilos de vida saludables y en el manejo del tratamiento farmacológico y de los cuidados asociados.
- Establecer estrategias para mejorar la adherencia terapéutica a la medicación a través del seguimiento y control del tratamiento y monitorización de los resultados en salud.
- Detectar e informar de efectos adversos relacionados con el tratamiento farmacológico.
- Realizar un seguimiento con el objetivo de prevenir la aparición de complicaciones asociadas al tratamiento y a la propia patología.
- Facilitar la accesibilidad para las actuaciones relacionadas con la medicación evitando o reduciendo citas innecesarias o demoras para el inicio, prórroga, modificación o interrupción de tratamientos.
- Maximizar la eficiencia y efectividad de la atención sanitaria y los tratamientos que se derivan de la misma.
Las enfermeras son profesionales cualificadas dentro de sus competencias y por su formación para hablar con los pacientes de heridas, diabetes o nutrición, ofrecen información fiable y profesional en el ámbito sanitario y su práctica diaria contribuye a mejorar la accesibilidad de la población al sistema sanitario.

